jueves, 10 de septiembre de 2015

SANCIÓN POR MOVIL

Ante el expediente sancionador abierto a un compañero (con SANCIÓN DE EMPLEO Y SUELDO), y la desprotección generada entre los conductores por las reclamaciones de los viajeros;
Se os recuerda la normativa de no conducir utilizando el móvil (art. 18.2 Reglamento General de Circulación)
Por ello y habiendo avisado a tráfico y a la empresa:
En situaciones de retrasos, atascos y problemas varios ,se haga uso del SAE, tanto por nuestra parte como por parte de tráfico.
Y SOLO LLAMAR por el movil cuando nos sea posible.

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